


AULAS Y RELIGIONES
Nicolás Guerra Aguiar
El ministerio de Educación y Ciencia acaba de hacer público el borrador del Real Decreto por el que se regula -al fin- la condición laboral de los profesores que imparten enseñanzas de religión en centros públicos, aunque no son funcionarios docentes. Así, puede verse culminado con rigor de justicia social un muy largo período de inestabilidad de quienes dan esa materia, toda vez que algunos tuvieron que pasar por tribunales de Justicia puesto que al perder la confianza del obispado no se les renovó el contrato.
Acciones judiciales que, dicho sea de paso, tradujeron negativas repercusiones económicas para la Administración pública: al ser readmitidos, nuestros impuestos cubrieron indemnizaciones y pagos atrasados cuando los jueces declaraban nulos -con toda justicia- tales despidos. Y es que nombraba la Iglesia pero pagábamos los ciudadanos, agnósticos y ateos incluidos, además de aquellos que ejercieron su derecho legal al matrimonio homosexual, obsesiva obsesión que lleva a manifestaciones callejeras.
Además, impone el ministerio que los nuevos profesores -aunque sigan siendo propuestos (es decir, nombrados)- posean las correspondientes titulaciones académicas tal como les exige a los restantes profesores: así, serán retribuidos económicamente como si se tratara de interinos. Y lo más importante: su contratación laboral se regirá por el Estatuto de los Trabajadores.
Este tema de contenido laboral no se queda en eso, en reivindicaciones justas de unos trabajadores, sino que permite ir más allá, plantear la discusión desde otras perspectivas. Y a mí me da pie para considerar, en viva voz, una cuestión muy importante: ¿tiene obligación un Estado aconfesional de impartir en sus aulas clases de religión o, muy al contrario, esa materia debe ser sustituida -con obligatoriedad para el común de los discentes- por otra en la que se eduque y forme en los básicos principios de todo Estado de Derecho, con especial insistencia en temas primordiales como los que señala el preámbulo de la Constitución Española (justicia, libertad, seguridad, convivencia democrática, órdenes económico y social justos, imperio de la ley, voluntad popular, derechos humanos, de culturas, de tradiciones, de lenguas, de instituciones, además de relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos?).
Porque si atendemos a las palabras del arzobispo de Granada, señor Martínez, nuestra convicción democrática en la libertad podría ruborizarse con sus afirmaciones: “La objeción de conciencia y la desobediencia civil estarían justificadas” contra la aún no implantada asignatura de Educación para la Ciudadanía, que pretende inculcar en los alumnos valores cívicos y normas de comportamiento y convivencia que van desde las educación para el ocio o el respeto a las materias que se relacionan con el medio ambiente o lo vial, tal como defiende el Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas de la Universidad Carlos III.
¿No pertenecerá -me planteo ante el debate- a las propias, respetabilísimas y muy variadas organizaciones religiosas la formación espiritual de sus miembros? ¿No será dejación de obligaciones trasladar al Estado aconfesional -por decisión popular desde 1978- la responsabilidad inherente a cada una de las confesiones? Es más: ¿hasta qué punto tiene el Estado el cometido o el deber de incluir en sus centros de educación otros aspectos no racionales que no sean su obligatoria función de preparar y educar para el logro de ciudadanos discursivos, rigurosos en el saber, autónomos en el pensamiento, libres y respetuosos con el estado democrático? ¿No hace el Estado partícipes a las diferentes confesiones religiosas de parte de nuestros impuestos? ¿No terminó, por ejemplo, la Iglesia católica extraordinariamente encantada con la subida en cientos de millones de lo que percibirá de Hacienda, institución a la que también los no creyentes aportan sus impuestos?
Sin embargo, los representantes del Episcopado no están de acuerdo con la última oferta del Ministerio de Educación, excesiva desde mi punto de vista y que nada tiene que ver con un Estado aconfesional: que la Religión sea de oferta obligatoria y de libre elección con dos contenidos optativos (religión propiamente dicha e historia de las religiones) o que los alumnos que no la quieran reciban “otra atención educativa” en el mismo horario (por ejemplo, la ya nombrada Educación para la Ciudadanía, estudios en la biblioteca o descanso y relajación en el patio).
Yo, sin duda, me quedo con la primera opción que, como señalé, debe ser obligatoria: es preciso educar en los valores democráticos a la juventud que ocupará, por imperativos del riguroso paso del tiempo, los espacios del poder decisorio. Porque la Iglesia –estimo- debe cumplir su misión espiritual, pero el Estado ha de ser riguroso en las cuestiones que se refieren a las cosas mundanas, más interesado en educaciones que propugnen la libertad, la educación en el respeto, la libertad y la democracia y la tolerancia en las relaciones humanas. Aquella época de mi Bachiller en la cual la (De)Formación del Espíritu Nacional y la Religión (¡católica, por supuesto!) eran obligatorias, ya ha sido trasnochada porque la ciudadanía así lo ha querido, por más que determinados sectores de la Iglesia y de los ultras las echen de menos. Yo quiero que mis impuestos se utilicen para educar en la razón, en el rigor científico, en el desapasionamiento y en el libre pensamiento. Con el máximo respeto, por supuesto, a quienes no lo ven así. Pero, como profesional, defiendo la enseñanza en el más puro y coherente racionalismo.
Nicolás Guerra es Catedrático de Instituto y profesor de Literatura